Poderes

A través de este instrumento público, una persona (física o jurídica) actúa en nombre y representación de otra conforme las facultades conferidas. La representación consiste en el poder que una o varias personas confieren a un mandatario (o varios) para que éste último realice actos y negocios jurídicos a nombre y por cuenta de ellas.

Ante la necesidad de documentar un negocio (compraventa, locación, hipoteca, sociedad, etc.), cobrar o realizar trámites en bancos o instituciones, contestar una demanda o llevar a cabo una sucesión, y en caso de no poder hacerlo personalmente, es posible otorgar un poder a una persona de confianza para que actúe en su nombre. Los poderes pueden ser especiales para uno o más actos, o generales para la ejecución de varios actos.

Pueden ser revocados por la sola voluntad del que lo otorga, como así también, caducan cuando muere quien lo dio o la persona apoderada.

Por otro lado, existen además, poderes irrevocables para negocios especiales, que son limitados en el tiempo y que se otorgan por interés legítimo de los contratantes o de un tercero.

A modo de ejemplo se pueden enumerar diversos tipos de poderes: Poder especial para asunto determinado, Poder especial irrevocable, Poder para gestiones administrativas, Poder para administrar, Poder especial judicial, Poder general judicial, Poder general de administración y disposición, Poder general bancario, etc.

Requisitos y documentación necesaria para la realizar un Poder

  • Datos personales del poderdante y del apoderado.
  • Objeto preciso del poder, para redactar las facultades que sean necesarias.
  • Si se incluyen inmuebles en el poder, fotocopia del título de propiedad